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Corte despenaliza uso lúdico de la mariguana; declaratoria de inconstitucionalidad

El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucional la prohibición absoluta del uso lúdico y recreativo de la mariguana, luego de que el Congreso de la Unión no cumpliera con su obligación de aprobar una ley que regule el tema.

Con ocho votos a favor, con un cambio de criterio de último minuto del ministro Luis María Aguilar Morales, la Corte dejó sin efecto cinco artículos de la Ley General de Salud y del Código Penal Federal, los cuales sancionan con pena de prisión la posesión de más de cinco gramos de mariguana.

Tras el fallo, la Comisión Federal de Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) estará encargada de conceder permisos individuales, a mayores de 18 años, para adquirir, sembrar, cultivar, cosechar, preparar y transportar cannabis para uso personal.

Cofepris dará permisos para su siembra, cultivo, cosecha, preparación, posesión y transporte.

Con un cambio de criterio de último minuto del ministro Luis María Aguilar Morales, el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) alcanzó los ocho votos para eliminar la prohibición absoluta del uso lúdico y recreativo de la mariguana.

De esta forma se autorizó la expedición generalizada de permisos individuales para el consumo recreativo de la mariguana, luego de que en el Congreso de la Unión no se alcanzó un criterio para aprobar una ley que regule esta materia.

Al  aprobar los efectos de la resolución elaborada por la ministra Norma Lucía Piña Hernández, se estableció que ahora será la Comisión Federal de Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) la que concederá los permisos individuales, a mayores de 18 años, para adquisición, siembra, cultivo, cosecha, preparación, posesión y transporte de la cannabis. 

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