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DOF publica decreto de AMLO en el que devuelve tiempos fiscales a radio y televisión

Este jueves se publicó en en el Diario Oficial de la Federación (DOF), el decreto del presidente Andrés Manuel López Obrador que devuelve tiempos fiscales para los concesionarios de estaciones radio y televisión. A través de este decreto se autoriza a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público a recibir de los concesionarios el pago del impuesto al que se refiere el artículo noveno de la Ley que Establece, Reforma y Adiciona las Disposiciones Relativas a Diversos Impuestos. El documento establece que las estaciones de televisión podrán hacer el pago del impuesto de 11 minutos diarios de transmisión. El decreto anterior, publicado durante la administración del expresidente Vicente Fox, la cuota era de 18 minutos.


En el caso de las estaciones de radio, el pago del impuesto mencionado será de 21 minutos diarios de transmisión. El decreto pasado establecía 35 minutos. La difusión de materiales grabados será conforme a lo dispuesto en la Ley General de Comunicación Social, con una duración de veinte a treinta segundos por segmento. En año electoral, que corresponde desde el inicio de las precampañas hasta el día de una jornada electoral, el número de minutos diarios por concepto de tiempos fiscales aumenta a 18 para televisión y 35 para la radio.

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