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TEPJF sanciona al Presidente por hacer campaña

Los magistrados de la Sala Superior tampoco se subordinan a las violaciones electorales del presidente López Obrador. El INE no quiso sancionar la conducta contumaz del Presidente, quien insiste en entrometerse en los temas electorales, cuando le está vedado, prohibido constitucionalmente. En una de tantas mañaneras, el Presidente convocó a sus seguidores a votar por los candidatos de su movimiento, apoyar a todos para que, en las elecciones del 2024, alcancen la mayoría calificada para poder reformar la Constitución a placer. Le llamó “Plan C”, a la campaña..
Derivado de la inacción y permisibilidad del INE de Taddei, el actor, el actor se inconformó y acudió a la Sala Superior.
A los magistrados no les tembló el criterio constitucional y jurídico y no dudaron en revocar el acuerdo pernicioso del INE.

Concomitantemente ordenaron al INE que tome todas las medidas que sean necesarias para que la publicidad política de AMLO en pro de su movimiento, desaparezca de redes sociales y de los medios oficiales que controla el gobierno federal.

El PAN se inconformó ante el INE de la morenista Guadalupe Taddei, quienes consideraron que AMLO no había violado ningún precepto al haber convocar al electorado, a través de la mañanera.

El contubernio claro. Dejar hacer campaña al Presidente utilizando todos los recursos públicos y mediáticos a su alcance. Para los nuevos consejeros no hubo infracción alguna y López Obrador no era merecedor de sanción alguna. La convocatoria continúa presente en las redes sociales y medios de comunicación del Poder Ejecutivo, cualquiera puede acceder a ellos sin problema. La campaña de publicidad política-electoral abierta y descarada