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Deudores de pensión no podrán tramitar INE y otros documentos

Con 84 votos a favor, el Senado de la República, aprobó por unanimidad, la creación del Registro Nacional de Deudores Alimenticios, el cual señala que las personas que estén en dicho registro tendrán muchas limitantes y, por otro lado, será de carácter público.

Los cambios de esta ley refieren que toda aquella persona que requiera realizar algún trámite, deberá presentar el certificado de no inscripción al Registro Nacional de Deudores Alimenticios.

Los trámites que te pedirán el certificado de no inscripción al Registro Nacional de Deudores Alimenticios son:

Solicitud de permisos y licencias de conducir
Trámite del INE
Trámite de pasaporte
Trámites ante notarios
Compra-venta de inmuebles
Cesión de derechos
Esto quiere decir que, por lo tanto, toda persona que se encuentre en el registro de Deudores Alimenticios, no podrá realizar cualquiera de los trámites ya mencionados.

Asimismo, en caso de ser un deudor alimentario, no podrán participar en cargos de elección popular, así como tampoco podrá ser parte de los procesos para la designación de cargos como magistrados o ministros.

En caso de querer realizar algún trámite de matrimonio, el certificado también deberá de presentarse, y si este se encuentra dentro de la lista de deudores, el Registro Civil, se encargará de informar a los solicitantes sobre las deudas que la persona presenta.

Cabe mencionar, que esta ley, también será aplicada para restricciones migratorias, y será para las personas que decidan salirse del país por el motivo de evasión de responsabilidades alimentarias.

Al respecto, la exsecretaria de Gobernación, Olga Sánchez Cordero, señaló que la finalidad de esta ley, es garantizar el cumplimiento de manera homologada en todo el país.

“La pensión alimentaria debe ser un tema que tenga por objeto fortalecer su ejecución y garantizar su oportuno cumplimiento de manera homologada en todo el país”, señaló Sánchez Cordero.